Cambios inmediatos que establece la Ley de Corpropiedad vigente 21.442

El segundo conversatorio organizado por CGAI y Kastor sobre las modificaciones de la ley apuntó sobre seguros inmobiliarios obligatorios, convocatorias de asambleas, bibliotecas de documentos clave y ética en la administración

Los administradores de comunidades en Chile se mantiene ávida de información y el segundo conversatorio denominado Ley de Copropiedad: Cambios inmediatos que se deben hacer en las comunidades, celebrado el 28 de abril permitió despejar nuevas dudas y aclarar temas que van surgiendo a medida que la gestión diaria se topa con cambios que deben ser aplicados.

Bajo la moderación de Amber Silva, gerente de marketing de Kastor, el primer panelista de la sesión online fue Fermín Oyarzún, socio de Alvear Abogados, especialista en temas inmobiliarios, quien enumeró los que considera cambios a tener muy presente ahora. 

Asambleas con solo 33% de quórum

“Por ejemplo que las convocatorias a Asambleas que antes tenían una doble citación, ahora serán de una sola con la posibilidad de hacerlo por correo electrónico; lo referente al artículo 15 de la ley que exige solo 33% de quórum para celebración de asambleas, y lo previsto sobre la representación en asambleas, que indica que los arrendatarios o cualquier ocupante del inmueble están capacitados para hacerlo por defecto, sin necesidad de un poder”.

Fermín aclaró que hoy se exige al primer propietario (en su mayoría inmobiliarias) que una vez enajenado el 66% de unidades se debe llamar a asamblea para pronunciarse respecto al reglamento de la propiedad y para hacer la entrega de la administración. 

Rafael Escobar, gerente comercial de Kastor, amplió el abanico para los administradores al comentar la necesidad de comenzar a aplicar cambios como la inclusión de la nueva nomenclatura al hablar por ejemplo de obligaciones económicas como concepto que engloba a los gastos comunes y otros. 

Actas, balances, cuentas y facturas a la Biblioteca de Kastor

Es importante que las cartas y documentos incorporen esta nueva terminología y datos que hoy son requeridos, como el registro de copropietarios, que debe tener Rut de la persona, nombre y apellido, teléfono, e-mail, número de apartamento, casa, calle, ciudad y comuna”, indicó Escobar.

Así como definir el rol, si es copropietarios o arrendatario, si posee autos, si forma parte del comité y en ese caso su cargo; también la fecha de nacimiento a efectos de elaborar el plan de emergencia y el plan evacuación; aquí aplica si cuentan con alguna discapacidad, incluso si son hispanohablantes o no y por último conocer si son electrodependientes, ya que la ley prohíbe cortar el servicio a estas personas, amplió el gerente comercial de Kastor.

Otro tema a revisar en la recomendación de Rafael Escobar son los vencimientos de gastos comunes para que no sean mayores a 10 días. Y algo que Kastor ya ofrece con éxito es la habilitación de una Biblioteca, en nuestro caso digital, para subir información útil y disponible. Allí es posible documentar el Balance de gestión de administración, los Libros de actas, y dar acceso a boletas y facturas que respalden gastos de administración. Copia de respaldo de las cuentas bancarias, seguros contratados y otros que se determine.

“Y nuestra plataforma de Kastor Conserjería contiene el Libro de Novedades que es responsabilidad del comité, allí pueden registrar lo que cada comité desee para que se den respuesta dentro de los plazos que define la ley”, explicó.

Seguros de incendios obligatorios

Claudia Escobar, gerente general de Seguros CCS, tomó su turno para puntualizar que la obligación es que deben existir seguros, todas las unidades que sean copropiedad deben contemplar un seguro obligatorio, lo que aplica también para los condominios de casa.

La Ley tiene la virtud de clarificar las obligaciones de los administradores frente a los seguros, en el artículo 43, con la obligación de hacerlo de forma tácita, dijo.

“Lo que hace la ley es una invitación a todos los administradores a contratar seguros contra incendios para el 100% de bienes y espacios comunes. Y también se recomienda el seguro de sismos para resguardar los bienes comunes, lo que en la práctica representa casi el 70% del bien, es decir toda la obra gruesa de inmueble, lo que implica la recomendación de incluir las unidades habitacionales de forma opcional y a criterio de los propietarios”.

Sobre una pregunta de la audiencia en el caso puntual de los apartahoteles dijo que estos inmuebles encaran un riesgo mayor, y eso debe ser informado a la compañía de seguros para que pueda valorar su magnitud. 

También señaló que una vez esté listo el nuevo reglamento de la ley (sin fecha aún), se contarán 6 meses para que entre en vigor lo concerniente a seguros.

Una gestión administrativa con ética y profesional

Héctor Zavala Pérez, presidente de la comisión de ética del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile, destacó la labor que realiza CGAI en la profesionalización del gremio, la misión y el cumplimiento de los estatutos y códigos de ética del Colegio, así como la creación de la OTEC del Colegio cuyo objetivo es formar profesionales ahora en el marco legal vigente bajo estrictos lineamientos que deben guiar el desempeño de los socios.


Finalizadas las intervenciones de los panelistas invitados, se respondieron preguntas del público en línea. Si quieres ver toda la transmisión ingresa aquí.

Equipo de Marketing y Comunicaciones

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